Rige desde las 8 de la mañana de este viernes la veda que establece el Artículo 71 del Código Electoral provincial, con el objetivo de mantener el orden y la neutralidad en el proceso electoral.
Esa normativa fija una serie de restricciones de cumplimento obligatorio, entre ellas la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas y la realización de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral desde la hora 20:00 del dia Sábado 6 de Mayo hasta las 21:00 hs del día domingo.
Durante la veda tampoco podrá haber espectáculos públicos, tanto al aire libre como en recintos cerrados, ni eventos deportivos. Asimismo, no se permite la publicación ni la difusión de encuestas y sondeos preelectorales hasta el cierre de los comicios y la realización de actos públicos de proselitismo.
En cuanto al día de las elecciones, se prohíbe la portación de armas y el uso de banderas, divisas u otros distintivos, y ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
A su vez, está vedada la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. En ese sentido, la Junta Electoral podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieran en infracción.
En tanto, todas las demás actividades no incluidas en estas restricciones establecidas por el Código Electoral podrán realizarse con normalidad.
La veda electoral es una medida esencial para garantizar la transparencia y la igualdad en el proceso electoral y se mantendrá hasta tres horas después del cierre de las mesas de votación, es decir, hasta las 21 horas del domingo 7 de mayo.