Según el articulo 94 de la Carta Orgánica , esta prohibida la venta y tenencia de pirotecnia sonora en todo el ejido del municipio de San Javier.

Recordemos que el Intendente Matias Vilchez expreso que se iba a cumplir la recientemente Carta, sancionada por los convencionales hace poco tiempo en nuestra ciudad

De esta forma queda explicitamente prohibida la venta y tenencia de pirotecnia sonora, no asi los fuegos artificiales ya que no se encuadra dentro de la prohibición explicitada en dicho documento

PROHIBICIÓN DE VENTA Y TENENCIA DE PIROTECNIA EN SAN JAVIER imagen-1
Transcripción del articulo 94 de la Carta Organica de San Javier

Redacción: A.E.