Este jueves 21 de febrero de 2019 la Carta Orgánica de San Javier entrará en vigencia a partir de las 20:00 hs, en ocasión de su publicación oficial en el acto protocolar de su juramento ante los habitantes y las autoridades municipales de San Javier en el Club Hércules.
La Carta Orgánica se jurará en el siguiente Orden: primeramente el auto juramento del presidente de la convención constituyente, luego el presidente de la Convención tomara juramento a los Convencionales, al Intendente municipal, al presidente del concejo deliberante y a todos los concejales, bajo pena de cesar automáticamente en sus cargos o funciones en caso de la negativa a la misma.
Algunos puntos aprobados en la Carta Orgánica Municipal de San Javier, generaron molestias al Intendente de San Javier Enio Lemes quien salió a través de los medios de prensa a expresar su disconformidad e incluso dejo indicios de no participar en el acto de juramento el próximo jueves. Si esto ocurriera hay un articulado en la carta orgánica que expresa que aquel funcionario que se niega a jurar la Carta Orgánica estará bajo pena de cesar automáticamente en sus cargos o funciones.
He aquí la importancia de conocer las leyes y saber si la acción u omisión tiene alguna consecuencia de derecho. Hay un principio jurídico universal que señala que “la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento”. Por eso, ninguna persona puede decir que no cumple con una ley por el hecho de no conocerla.
El texto oficial de esta carta orgánica será publicado a partir de las 00:00hs del viernes 22 de febrero en el boletín oficial de la provincia de Misiones, medio de comunicación utilizado por el estado para publicar sus normas jurídicas (tales como leyes, decretos y reglamentos) y otros actos de naturaleza pública.
Además a partir de la entrada en vigencia de la presente carta orgánica, no es de aplicación en el municipio de San Javier la ley provincial denominada orgánica de municipalidades, ley nº XV-5 (antes ley 257)