Desde el mediodía de ayer el Sindicato de Tareferos de Misiones lleva adelante una protesta frente a la vivienda de un empleador por el despido de trabajadores de la yerba mate sin abonarles la última quincena, ni el 10 por ciento establecido en la Ley 26.727 (en carácter de indemnización sustitutiva de vacaciones).

El conflicto se originó cuando Carmen Mysliwczuk decidió despedir a una cuadrilla de Comandante Andresito sin abonarles la quincena trabajada ni el 10% de indemnización sustitutiva de vacaciones. «A partir de ello, el Sindicato de Tareferos intervino, pero no se logró ningún acuerdo para que se le realice la liquidación a los compañeros», comentó el Secretario General del SITAJA Antenor Alvez.

Ante esta situación, decidieron realizar una manifestación pacífica frente al domicilio de los patrones, previa denuncia en sede policial por trabajo infantil al constatar la existencia de 3 menores de edad, uno de ellos de 14 años. También se constató que de los 16 trabajadores solo la mitad de ellos estaban registrados.

«Al iniciar la protesta el empleador reaccionó violentamente subiendo a la vereda intentando atropellar a los compañeros que manifestábamos en paz. Luego bajó de su vehículo y emprendió a los empujones contra uno de los integrantes del Sindicato y arrojando piedra» contó Abel Borges, capataz de la cuadrilla que lleva adelante el reclamo. Ante ello, el SITAJA realizó una nueva denuncia policial esta vez contra Javier Pelinski por dicho episodio.

Antenor Alvez concluyó: «Vamos a mantener la protesta hasta que el patrón decida abonar lo que corresponde, tanto a los trabajadores registrados como a los que no. El martes presentaremos la denuncia por trabajo infantil y no registrado en la delegación del Ministerio de Trabajo con sede en Eldorado para que los compañeros además puedan cobrar el 10% que no es un capricho nuestro, sino una obligación que establece la ley».

10 por ciento

El SITAJA también aclaró que a medida que se acerca el final de la zafra de yerba mate, estos conflictos suelen replicarse en distintos lugares de la provincia y recordaron que el beneficio para los trabajadores temporarios es OBLIGATORIO, tal como lo dice en el artículo 20 la ley 26.727: «Indemnización sustitutiva de vacaciones.

El trabajador temporario deberá percibir al concluir la relación laboral, además del proporcional del sueldo anual complementario, una indemnización sustitutiva de sus vacaciones equivalente al diez por ciento (10%) del total de las remuneraciones devengadas.»