Se conmemora el 12 de marzo porque es la fecha en que la Asamblea autoriza al Ejecutivo a utilizar el mismo sello con una única diferencia, que la inscripción que lo rodea sea «Supremo Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas del Río de la Plata» en lugar de «Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata».

Hasta que la Asamblea de 1813 ordenó el sello que debía usar ella y el Poder Ejecutivo, todos los actos gubernamentales se legalizaban con las mismas armas reales utilizadas durante el virreinato.

Existen testimonios de que en 1811 y 1812 cuando fue necesario se mandaron hacer nuevos sellos reales o se hicieron componer los deteriorados por el uso. El empleo de las armas reales para tales casos puede verse en todos los documentos oficiales, desde que se instaló la Primera Junta en 1810, hasta 1813, en que fueron sustituidas por las de la Asamblea.

Desde antes de la Revolución de Mayo, y por varios años después, era siempre Juan de Dios Rivera quien ejecutaba los nuevos sellos o reparaba los que el uso dejaba en malas condiciones.

En tanto la Bandera representa a la Nación, el Escudo simboliza al Estado Argentino, es decir a la Nación jurídicamente organizada. Por esta razón su diseño está presente en muchos documentos oficiales refrendando su origen.

Nuestro Escudo no tiene la popularidad de que goza la Bandera que con mucha frecuencia es portada como símbolo del sentimiento nacional: la argentinidad. Pero al igual que la Bandera tiene un oscuro origen y a lo largo de los años sufrió modificaciones y alteraciones hasta alcanzar su diseño definitivo.

Su origen se halla en el sello utilizado por la Asamblea del año XIII, es decir se conoce su existencia material, pero no su respaldo legal. No se tienen noticias de la sanción de decreto ni resolución alguna, que consagre o reglamente dicho emblema.

Se supone que su adopción debió efectuarse en una de las primeras sesiones de la Asamblea, pues ya en un decreto de fecha 2 de febrero aparece estampado en un sello. Se conocen también diversos ejemplares impresos en cartas de ciudadanía otorgadas en ese tiempo.

La primera mención expresa del escudo data del 12 de marzo del mismo año al disponerse que el Poder Ejecutivo, en ese momento el 2º Triunvirato, usara el mismo sello que la Asamblea, con la única diferencia de la inscripción.

1 Otro decreto de fecha 27 de abril ordena que las armas del Rey fijadas en lugares públicos o que se hallaran en banderas correspondientes a corporaciones fueran reemplazadas por el sello de la Asamblea, no así en el caso de las banderas militares.

Por eso son consideradas trasgresiones a este decreto el caso del estandarte que Belgrano obsequió al Cabildo de Jujuy y el de la Bandera de los Andes.

2 Esta medida es considerada como el reconocimiento implícito del carácter de símbolo nacional del escudo. Mitre, sin embargo, señala como el origen de este emblema patrio al hecho de que la Asamblea mandó acuñar una moneda de tipo nacional con el escudo de armas de ella.

La cuestión del diseño que contiene el escudo no ha sido dilucidada con claridad. Se elaboran conjeturas sobre la base de una mínima documentación que sólo se refiere al símbolo en forma indirecta.

De unas cartas intercambiadas entre Rivadavia y su primo Bernardo Vera y Pintado, Representante de las Provincias Unidas en Chile, surge la idea de que el diseño pertenece a un dibujante peruano que residía entonces en el país vecino, de nombre Antonio Isidro Castro.

Vera y Pintado habría hecho conocer a Rivadavia un proyecto de escudo que Castro había confeccionado para el estado independiente de Chile. El Secretario del Triunvirato le habría encargado un diseño similar.
Se conoce el texto de una carta junto a la cual Castro le envía dos proyectos para que eligiese. Los modelos no se encontraron, pero se supone que uno de ellos es el que se adoptó. La revolución del 8 de octubre de 1812 habría impedido la realización del acto formal de oficialización y presentación.

Se entiende que la Asamblea tomó el diseño y lo comenzó a utilizar como un simple acto administrativo, sin dejar constancia de su origen. Esta teoría no presenta mayores variantes según los autores. La ejecución del sello fue encargada a Juan de Dios de Rivera, artista peruano que, entre otras cosas, había realizado el escudo del Consulado.

Hizo dos ejemplares, uno de plata y otro de bronce. Este hecho está debidamente documentado en las boletas de pago correspondientes, de modo que no ha originado controversias mayores. Las diferencias de opiniones se deben en general a aspectos formales.