La titular de la Agencia, Natalia Ruez, en declaraciones a FM Alto Uruguay, explicó que la Agencia Nacional de Discapacidad estableció un nuevo sistema para «transparentar el proceso de gestión» de las pensiones no contributivas para personas con discapacidad laboral. Con la digitalización de los certificados buscan transparentar las pensiones a nivel nacional

Explico que  las personas con discapacidad  deben sacar un   turno directamente con su médico en el hospital público, y éste luego de verificar  la dolencia cargara en la plataforma digital, para agilizar y simplificar el trámite, aclaro además que no puede ser en  centros de salud privado, y que los certificados médicos hechos a mano ya perdieron validez.

De esta manera, el Gobierno aprovechará la implementación para revisar los casos en los que los beneficiarios no cumplen con los requisitos.

A partir de estos cambios, el certificado médico deberá ser digital, lo que invalida por completo a aquellos que se realicen a mano y se presenten en formato papel.

Aquellos que reciban la notificación, tendrán 60 días para presentarse ante sus médicos, quien tiene que ser un profesional especialista según la discapacidad del solicitante.

Para realizar la constancia, el médico deberá ingresar con su clave fiscal a la plataforma conocida como TAD  (Trámites a Distancia). Allí, el especialista firmará el Certificado Médico Online (CMO) de manera digital, el cual se adjuntará automáticamente al expediente del paciente con la firma del director del hospital o centro de salud.

Para tramitar el beneficio por primera vez, el interesado debe llevar el DNI y el CUIL; en caso de ser menor de edad también deberá llevar los de sus padres o tutores. Además, se requiere la copia o transcripción del resumen de historia clínica.

La pensión no contributiva por invalidez es un beneficio otorgado por el Estado a aquellas personas que demuestran invalidez laboral y se encuentran en situación de vulnerabilidad social. El trámite es gratuito y se realiza en los Centros de Atención Local.

Entre los requisitos, es clave que tanto la persona como su cónyuge no perciban jubilación, pensión, retiro o algún tipo de prestación no contributiva.